jueves, 22 de abril de 2010
1. Identificación de los funcionarios obligados.
La identificación de los funcionarios obligados es una tarea conjunta llevada a cabo por la Oficina Anticorrupción y las áreas de Recursos Humanos de los diferentes organismos del Poder Ejecutivo Nacional. El núcleo del proceso consiste en la determinación, por parte de las citadas áreas de Recursos Humanos, de los funcionarios pertenecientes a su jurisdicción que se hallarían comprendidos en la normativa de aplicación, y la comunicación de esa información a la Oficina Anticorrupción. Para este punto la Oficina ha provisto en el sitio web del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos un archivo de planilla de cálculo que las jurisdicciones deberán descargar vía Internet y llenar con los datos de los funcionarios obligados conforme a la normativa vigente (hipervínculo). Una vez completada la actividad de carga de datos, se remitirá a la Oficina Anticorrupción la planilla impresa con los datos de los funcionarios, firmada por el responsable de Recursos Humanos de la jurisdicción y un diskette conteniendo la copia del archivo creado. Estos elementos servirán para que la Oficina Anticorrupción, luego de las verificaciones correspondientes, proceda a validar a tales funcionarios para la utilización de las diversas funciones previstas por el sistema.
2. Validación de usuarios.
a) Validación y obtención de herramientas de captura de datos
Para comenzar a utilizar el sistema, el funcionario declarante deberá conectarse con la dirección de Internet http://www.ddjjonline.gov.ar e ingresar como Funcionario Declarante. Esta acción le desplegará una nueva pantalla donde se lo invitará a ingresar su número de documento y una clave personal a su elección. Es importante aclarar que tal clave es de exclusivo conocimiento del usuario, y sirve tanto para efectuar sus presentaciones como para realizar posteriormente consultas sobre los trámites formalizados, razón por la cual, es indispensable recordarla ya que no puede ser recuperada por el sistema. Una vez validado el usuario, deberá seleccionar en el menú la opción "Descargar Aplicativo" para descargar vía Internet a su PC el aplicativo que le permitirá consignar los datos en sus Declaraciones Juradas y obtener copias impresas de las mismas.
3. Carga de datos e impresión de formularios.
La Oficina Anticorrupción, para facilitar el proceso de carga de datos y reducir al máximo la probabilidad de ocurrencia de errores de forma y de consistencia en el llenado de la información, ha desarrollado un aplicativo ejecutable en entornos MS-Windows, a través del cual cada funcionario obligado podrá ingresar sus datos patrimoniales e imprimir las Declaraciones Juradas respectivas en su propia impresora. Este aplicativo, disponible para su descarga a partir de la opción descripta previamente, deberá ser instalado en su computadora ejecutando el archivo descargado de Internet (lo cual inicia automáticamente su proceso de instalación). Una vez instalado, el aplicativo generará los iconos correspondientes y estará disponible para su uso cuando sea requerido para el llenado de su Declaración Jurada Patrimonial.
4. Presentación de Declaraciones Juradas.
Una vez finalizado el proceso de carga e impresión de las Declaraciones Juradas (pública y reservada), el funcionario deberá transmitir los datos contenidos en el componente público a través de Internet. Para ello volverá a conectarse al site http://www.ddjjonline.gov.ar, volverá a validarse como Funcionario Declarante, y seleccionará el botón "Enviar Declaración" del menú principal. Esta opción le permitirá visualizar una nueva pantalla donde se le requerirá seleccionar de su disco duro el archivo a transmitir (aquel que contiene los datos públicos de su declaración).Culminados los pasos mencionados, el archivo se transmitirá vía Internet hacia el sitio de la Oficina Anticorrupción, emitiéndose a continuación una constancia electrónica de la transmisión. Esta constancia contendrá los datos que le fueran requeridos previamente a la transmisión, junto con el número de orden otorgado automáticamente por el sistema al trámite en cuestión. Esta constancia deberá ser impresa en dos ejemplares y firmada por el funcionario remitente, ya que la misma le será requerida posteriormente como comprobante de la transmisión efectuada.
Finalizada la transmisión, el funcionario deberá concurrir al área de Recursos Humanos del organismo de revista munido de dos ejemplares firmados de su Declaración Jurada Pública, un ejemplar firmado de su Declaración Jurada Reservada, y un ejemplar firmado de la constancia electrónica de transmisión. Una vez allí, entregará en sobre cerrado la Declaración Reservada, abrochando al mismo la constancia electrónica y facilitará las dos copias de la Declaración Pública para verificación de consistencia del área de Recursos Humanos. Esta verificación consistirá en controlar si las dos copias de la Declaración Pública son idénticas, y si el número de control interno que aparece en cada una de las hojas de la misma coincide con el que figura bajo esa denominación en la constancia de transmisión electrónica. Efectuada tal verificación, la citada área ensobrará tales ejemplares de la Declaración Pública y los archivará junto con el sobre conteniendo la Declaración Reservada. El destino final de estos sobres estará relacionado con el nivel de responsabilidad del funcionario declarante, conforme lo indica la normativa vigente.
5. Consultas.
Es menester aclarar que el funcionario declarante podrá efectuar en cualquier momento consultas sobre transmisiones realizadas anteriormente a partir de la opción "Consultas Transacciones" que aparece en el menú principal del sitio http://www.ddjjonline.gov.ar. Para efectuar una consulta sobre un trámite en particular o para obtener la reimpresión de la constancia electrónica de transmisión, el funcionario deberá conectarse con el sitio web aludido, validarse como Funcionario Declarante y elegir la opción de "Consultas Transacciones". Realizados estos pasos, el servidor de Internet le presentará una hoja conteniendo la totalidad de las presentaciones electrónicas efectuadas bajo ese número de documento y clave, las cuales pueden ser seleccionadas individualmente para la reimpresión de su correspondiente constancia electrónica de transmisión.
Fernando González Escobar
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